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El Registro de Residencias se implementa caratulando un expediente provincial al momento de que, el municipio correspondiente, haya entregado a la Dirección de Adultos Mayores, la documentación requerida para la habilitación. Además, debe haber solicitado el consentimiento y el mismo tener una evaluación positiva, con la habilitación comercial correspondiente. Se presentará en el Boletín Oficial y se ingresará al listado que estará presente en la página de registro en la base de datos y la web del Ministerio de Desarrollo Social para ser consultado. 

Protocolo de Clausura

Listado de Residencias

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