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OBJETIVO:

  • Otorgar cobertura social estable a personas que se encuentran en situación de vulnerabilidad, a fin de evitar la exclusión social.
  • Brindar reconocimiento a personas destacas de nuestra provincia, por su trayectoria en el arte, la música, la escritura, entre otras. También por su labor cotidiana como Bomberos voluntarios, Ex-combatientes.

Las personas, sujetos de derechos, que requieran una Pensión Provincial, deben reunir los requisitos que se solicitan y se enmarcan dentro de las siguientes leyes: Ley 2123-Ley 2323-Ley 1658-Ley 2143-Ley 786-Ley 1877-Ley 2226- Ley 830.

Criterios de accesibilidad:

Presentar los certificados médicos con firma y sello del médico tratante y del Director del Establecimiento Público al cual concurre.

Presentar el CUD (Certificado Único de Discapacidad) actualizado.

Carecer de inmuebles que produzca renta. Sólo podrá ser beneficiario de un bien inmueble constituido como bien de familia.

No percibir ingresos estables o ayuda por importe superior o igual al de la pensión.

Acreditar domicilio y residencia en la Provincia de la Pampa por más de 5 años.

Contacto: 

  • Responsable: Lic. Rosana Sack
  • Teléfono: 02954-427124
  • Email: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
  • Dirección: José Mármol Nº986

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Ministerio de Desarrollo Social
Centro Cívico – Planta Baja
Teléfono (02954) 452600
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